¿Es obligatorio cotizar a pensión luego de solicitar devolución de aportes?
Leer resumen
Una mujer que solicitó la devolución de aportes a su AFP y luego comenzó a trabajar en una universidad pública, se enfrenta a descuentos obligatorios de pensión a pesar de haber notificado su situación. La discusión gira en torno a si la universidad puede suspender estos descuentos. La respuesta es que, según la ley, el empleador está obligado a cotizar a pensión mientras exista una relación laboral, independientemente de la devolución de aportes. Sin embargo, si la mujer ya contaba con una pensión de vejez, no estaría obligada a seguir cotizando.
Respuestas: (3)
El empleador sigue estando obligado a cotizar a pensión así el trabajador haya solicitado la devolución de aportes, en razón a que el artículo 17 de la ley 100 de 1993 así lo establece cuando considera que la obligación de cotizar a pensión, mientras está vigente la relación laboral, sólo cesa cuando el trabajador se pensiona, ya sea por vejez o por invalidez y así se ha pronunciado la Corte Constitucional en la sentencia T-307 de 2021, entre otras.
Esto se debe a que el trabajador que sigue laborando sigue expuesto al riesgo de invalidez y muerte, así que deben seguir asegurados por obligación legal.
En consecuencia, la trabajadora no podrá solicitarle al empleador que deje de descontarle y de pagar las cotizaciones a pensión, porque si el empleador accediera sería sancionado por la UGPP, la Dian, y en caso de que la empleada falleciera tendría que pagar la pensión de sobrevivientes, o la de invalidez si quedara inválida.
Gracias por responder, pero otro dato importante es que la señora ya contaba con una pensión de vejez por parte del magisterio. ¿Aún así estaba en la obligación de cotizar en el RAIS?
Si la señora ya estaba pensionada, no estaba obligada a seguir cotizando, porque el artículo 17 de la Ley 100 de 1997 señala que la obligación de cotizar cesa cuando se adquiere la pensión de vejez.
Preguntas relacionadas:
- ¿Cuál es el monto del aporte a pensión en un IBC de 25 salarios mínimos mensuales?
- ¿Eso beneficio se refiere a BEPS?
- ¿Cuánto pagaría solo de pensión si no tengo trabajo, pero quiero cotizar?
- ¿Si ya completé las semanas pero no he cumplido la edad de pensión estoy obligado a seguir cotizando a pensión?
- ¿Qué porcentaje de pensión de sobreviviente recibirá mi esposa? ¿Conservará la mesada 13?
- Nuestros productos y servicios
- Guía Laboral 2026
- Liquidador de pensiones en Colpensiones
- Proyección y planeación pensional
- Liquidador de intereses judiciales y comerciales
- Liquidador de obligaciones laborales
- Liquidador Pro de intereses moratorios - Dian
- Guía de arrendamiento sin riesgo
- Ver más productos y servicios
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, noviembre 13). ¿Es obligatorio cotizar a pensión luego de solicitar devolución de aportes? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/es-obligatorio-cotizar-a-pension-luego-de-solicitar-devolucion-de-aportes-1938/
Registro gratis en Gerencie.com
Regístrese y obtenga los siguientes beneficios:
- Navegue por nuestro contenido con una menor cantidad de anuncios.
- Cuando realice una pregunta será notificado en su correo.
- Podrá hacernos preguntas en la sección de preguntas y respuestas.
- Podrá agregar artículos y herramientas en línea a su sección de favoritos.
- Podrá comunicarse con otros usuarios mediante mensajes privados.
- Podrá publicar su perfil profesional en nuestro directorio de profesionales.
- Podrá acceder a nuestra calculadora de pensiones.
- Podrá acceder a la sección de recompensas por participar y aportar a la comunidad.
El registro es gratuito, lo mismo que todos los servicios y beneficios señalados en la lista anterior.
Regístrate aquí

Únete a nuestro canal de WhatsApp para recibir las últimas actualizaciones
Gbot
Recomendados
Contacto
Legal
Temario
Zona de clientes