¿Es válida la experiencia privada cuando se es asalariado en el sector público?
Si soy asalariado en una entidad pública y también tengo un contrato por prestación de servicios en el sector privado, ambos los ejecuto paralelamente, ¿tengo alguna dificultad para convalidar el tiempo de la prestación del servicio en la empresa privada?
Respuestas: (1)
La experiencia adquirida en el ejercicio de la profesión, actividad o labor en el sector privado es válida para acreditar la experiencia requerida para ejercer un cargo público, siempre que esté debidamente certificada en los términos del artículo 2.2.2.3.8 del Decreto 1083 de 2015.
En su caso particular, sin embargo, como la actividad en el sector privado la desarrolla paralelamente, solo se puede computar una sola experiencia, según señala el inciso 4 ibidem:
«Cuando la persona aspire a ocupar un cargo público y en ejercicio de su profesión haya prestado sus servicios en el mismo período a una o varias instituciones, el tiempo de experiencia se contabilizará por una sola vez.»
No obstante, si la actividad laboral en el sector privado la ejerce fuera de la jornada laboral que tiene en el sector público, sí es válida, según señala el Departamento Administrativo de la Función Pública en el concepto 72741 de marzo 8 de 2018.
Según ese concepto, para calcular el tiempo de experiencia a convalidar, se suman las horas y se dividen en ocho, obteniéndose en días la experiencia adquirida. Las 8 horas hacen referencia a la jornada laboral diaria para la fecha en que fue emitido ese concepto, lo que ha cambiado ahora, por lo que probablemente haya cambiado ese divisor, pero desconocemos el criterio actual del DAFP.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, enero 8). ¿Es válida la experiencia privada cuando se es asalariado en el sector público? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/es-valida-la-experiencia-privada-cuando-se-es-asalariado-en-el-sector-publico-990/
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