¿Los tratamientos de nutrición tienen Iva?
Respuestas: (1)
Depende del tipo de suplemento alimenticio, para lo cual es preciso remitirlos al artículo 424 del estatuto tributario, el que lista los productos que están excluidos del Iva, en el numeral 3 señala que los siguientes productos lo están:
- Productos de soporte nutricional (como suplementos dietarios y complementos nutricionales en distintas presentaciones) que cumplan con dos condiciones:
- Estar clasificados como alimentos del régimen especial por el Invima.
- Ser destinados para administración enteral (oral o por sonda) en pacientes con patologías o condiciones especiales.
- Alimentos con propósitos médicos especiales para pacientes que requieren nutrición enteral por sonda a corto o largo plazo, clasificados bajo las subpartidas arancelarias 21.06.90.90.00 y 22.02.90.99.00.
La regla general es que los suplementos nutricionales están gravados con el Iva a la tarifa general, excepto los anteriores, por lo que es necesario determinar de forma individual por cada producto si cumple o no los requisitos para ser excluido del Iva.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, enero 16). ¿Los tratamientos de nutrición tienen Iva? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/los-tratamientos-de-nutricion-tienen-iva-1015/
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