¿Por qué no se le puede exigir el cumplimiento de horario al contratista?
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La duda planteada en el foro se centra en por qué no se puede exigir el cumplimiento de horario a un contratista. La respuesta destaca que esta exigencia puede implicar una relación laboral, lo que podría llevar a un juez a desestimar el contrato de prestación de servicios. Aunque no está prohibido exigir un horario, se desaconseja hacerlo porque puede sugerir subordinación laboral, un aspecto clave en los contratos de trabajo. Sin embargo, se aclara que en ciertos casos, si no hay otros indicios de subordinación, se puede exigir un horario, por lo que cada situación debe evaluarse individualmente.
Respuestas: (1)
La razón por la que no se recomienda exigir al contratista que cumpla un horario de trabajo determinado se debe a que el cumplimiento de horario es un elemento indiciario de la existencia de una relación laboral, que, junto con otros elementos, podría dar lugar a que un juez desestime el contrato de prestación de servicios y declare la existencia de una relación laboral.
No es que esté prohibido exigirle al contratista que cumpla un horario, sólo que no se recomienda por las razones expuestas, ya que el cumplimiento de horario se asocia con la subordinación laboral, uno de los elementos esenciales del contrato de trabajo.
El cumplimiento de horario se puede exigir cuando, en la ejecución del contrato de servicios, no hay otro elemento que permita inferir la existencia de subordinación, por lo que cada caso debe ser analizado de forma individual.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, diciembre 9). ¿Por qué no se le puede exigir el cumplimiento de horario al contratista? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/por-que-no-se-le-puede-exigir-el-cumplimiento-de-horario-al-contratista-938/
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