📅 13/01/2024
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Publicado: 2024-01-13
Editado: 2024-01-28 por Gerencie.com

Procedimiento tributario territorial

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En la discusión del foro, un usuario pregunta sobre el procedimiento tributario territorial en Colombia. La respuesta destaca que este procedimiento es equivalente al nacional, regido por el Estatuto Tributario Nacional, específicamente el decreto 624 de 1989. Según el artículo 59 de la ley 788 de 2002, los departamentos y municipios deben aplicar los mismos procedimientos para la administración y cobro de impuestos, así como para sanciones y devoluciones. Además, se menciona que estos entes pueden simplificar y ajustar los procedimientos según la naturaleza de sus tributos.

¿Cuál es el procedimiento tributario territorial en Colombia?

Respuestas: (1)

📅 14/01/2005
💬 2008

Publicado:2024-01-13
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El procedimiento tributario territorial es el mismo procedimiento tributario nacional, es decir, aplica el estatuto tributario nacional, o decreto 624 de 1989.

Así lo señala el artículo 59 de la ley 788 de 2002:

«Los departamentos y municipios aplicarán los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario Nacional, para la administración, determinación, discusión, cobro, devoluciones, régimen sancionatorio incluida su imposición, a los impuestos por ellos administrados. Así mismo aplicarán el procedimiento administrativo de cobro a las multas, derechos y demás recursos territoriales. El monto de las sanciones y el término de la aplicación de los procedimientos anteriores, podrán disminuirse y simplificarse acorde con la naturaleza de sus tributos, y teniendo en cuenta la proporcionalidad de estas respecto del monto de los impuestos.»

Por lo general, los municipios, departamentos y distritos recogen el estatuto tributario nacional en sus propios estatutos territoriales, o simplemente remiten al estatuto tributario nacional, por cuanto no tiene sentido emitir una regulación cuando se aplica el estatuto tributario.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2024, enero 13). Procedimiento tributario territorial [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/procedimiento-tributario-territorial-17/

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