¿Qué plazo que tiene el empleador para pagar las comisiones?
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Un usuario del foro pregunta sobre el plazo legal que tiene su empleador para pagar las comisiones por ventas, ya que las recibe con uno o dos meses de retraso. La respuesta aclara que las comisiones son parte del salario y deben pagarse junto con el salario fijo, según el artículo 134 del Código Sustantivo del Trabajo, que establece un plazo máximo de un mes. Sin embargo, se explica que las comisiones pueden generarse en un mes diferente al de la venta, dependiendo de lo acordado en el contrato. Por lo tanto, es crucial identificar cuándo se causa la comisión para determinar su pago.
Respuestas: (1)
Las comisiones hacen parte del salario y, por lo tanto, deben pagarse junto con el salario fijo. Según el artículo 134 del Código Sustantivo del Trabajo, el periodo máximo para el pago del salario es de 1 mes, el cual se paga mes vencido, así que debe pagarse como máximo al inicio del siguiente mes.
Sin embargo, las comisiones tienen la particularidad de que pueden causarse en un mes distinto a aquel en que se realizó la negociación que da derecho a ellas, por lo que se debe consultar lo acordado en el contrato de trabajo.
Por ejemplo, el trabajador pudo concretar una venta en octubre, pero el pago de la misma se dio en noviembre. Si el reconocimiento de la comisión está supeditado al pago del precio, esta se causa en noviembre y no en octubre, y quizás esa sea la razón por la que le están pagando un mes o dos meses después.
Aquí lo relevante es determinar la fecha en que la comisión se causa, de modo que, una vez causada, se debe pagar con el salario del mes en que se causó dicha comisión.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, noviembre 1). ¿Qué plazo que tiene el empleador para pagar las comisiones? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-plazo-que-tiene-el-empleador-para-pagar-las-comisiones-826/
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