Reporte de incapacidad laboral en la PILA
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Un usuario del foro pregunta cómo reportar una incapacidad laboral de febrero al realizar el pago de seguridad social en marzo. La respuesta sugiere que si la incapacidad es corta, se puede reportar en marzo sin problemas. Sin embargo, si es prolongada, se recomienda hacer una planilla de corrección para informar a la ARL, aunque esto no afectará las cotizaciones ya pagadas. Al reportar en marzo, el sistema ajustará el descuento de la ARL según los días de incapacidad, mientras que los pagos de salud y pensión se realizarán normalmente.
Buenas tardes, voy a realizar el pago de Seguridad social de marzo y un empleado me trae una incapacidad de febrero, ¿Cómo la reporto en la planilla?
Gracias
Respuestas: (1)
Dependerá del número de días de incapacidad. Si son pocos no hay problema en reportarla en marzo, pero si la incapacidad es de varios días, lo ideal es hacer una planilla de corrección, y, de hecho, es la opción correcta, solo que cuando la incapacidad es corta algunas empresas no encuentran justificada la corrección.
La corrección que se haga de la planilla de febrero sólo tiene como finalidad dejar el reporte a la Arl de esa situación, puesto que las cotizaciones se realizan común y corriente, puesto que no le devolverán lo ya pagado por Arl.
Si el reporte lo hace en marzo el sistema le descontará el valor de la Arl en proporción a los días de incapacidad; los pagos a salud y pensión se hacen como de costumbre.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, abril 3). Reporte de incapacidad laboral en la PILA [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/reporte-de-incapacidad-laboral-en-la-pila-182/
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