📅 09/04/2025
💬 1

Publicado: 2025-04-22

¿Se debe pagar prima de servicios a un empleado que lleva más de 180 días de incapacidad?

🎧 Resumen de la discusión
Leer resumen

Un usuario del foro preguntó si se debe pagar la prima de servicios a un empleado que ha estado incapacitado por más de 180 días. La respuesta afirmativa indica que la incapacidad no suspende el contrato de trabajo, por lo que todas las obligaciones, incluyendo el pago de la prima de servicios, siguen vigentes. Esta prima se calcula con el último salario que el empleado recibió antes de la incapacidad, y los días de incapacidad no se descuentan al calcularla. Se sugiere consultar un artículo sobre prestaciones sociales en períodos de incapacidad para más información.

Un empleado que lleva más de 180 días incapacitado, ¿le deben pagar prima de servicios?

Respuestas: (1)

📅 14/01/2005
💬 2008

Publicado:2025-04-22
00

Sí. La incapacidad laboral no suspende el contrato de trabajo, y mientras el contrato de trabajo no esté suspendido, siguen vigentes todas las obligaciones derivadas de él, como el pago de salarios (auxilio por incapacidad), de prestaciones sociales, vacaciones, seguridad social, etc.

En caso de incapacidad, la prima de servicios se liquida con el último salario que devengó el trabajador antes de iniciar la incapacidad, y los días que haya estado incapacitado no se descuentan de los días trabajados para efecto de aplicar la fórmula utilizada para liquidar la prima de servicios.

Consulte el siguiente artículo: Prestaciones sociales en períodos de incapacidad.

Su respuesta:
Debe iniciar sesión para responder. Si no está registrado puede hacerlo aquí, es gratis.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, abril 22). ¿Se debe pagar prima de servicios a un empleado que lleva más de 180 días de incapacidad? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-debe-pagar-prima-de-servicios-a-un-empleado-que-lleva-mas-de-180-dias-de-incapacidad-1302/

Registro gratis en Gerencie.com

Regístrese y obtenga los siguientes beneficios:

  • Navegue por nuestro contenido con una menor cantidad de anuncios.
  • Cuando realice una pregunta será notificado en su correo.
  • Podrá hacernos preguntas en la sección de preguntas y respuestas.
  • Podrá agregar artículos y herramientas en línea a su sección de favoritos.
  • Podrá comunicarse con otros usuarios mediante mensajes privados.
  • Podrá publicar su perfil profesional en nuestro directorio de profesionales.
  • Podrá acceder a nuestra calculadora de pensiones.
  • Podrá acceder a la sección de recompensas por participar y aportar a la comunidad.

El registro es gratuito, lo mismo que todos los servicios y beneficios señalados en la lista anterior.

Regístrate aquí