¿Se puede hipotecar un proindiviso en Colombia?
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En una discusión sobre la posibilidad de hipotecar un proindiviso en Colombia, se planteó la duda de si se puede hipotecar un bien compartido y cómo se debe hacer. La respuesta es afirmativa: es posible hipotecar un proindiviso, ya sea en su totalidad por todos los propietarios o solo por uno o más de ellos respecto a su parte. Según el artículo 2442 del Código Civil, un comunero puede hipotecar su cuota antes de la división, y tras esta, la hipoteca afectará únicamente la parte que le corresponda al deudor hipotecario.
Respuestas: (1)
Sí, es posible hipotecar un proindiviso, ya sea en su totalidad por todos los comuneros o por uno o más comuneros respecto a su cuota.
El artículo 2442 del Código Civil establece que el comunero puede hipotecar su cuota de la cosa común antes de la división, y una vez se verifique la división, la hipoteca recae sobre los bienes que le correspondan, en el caso de que dichos bienes sean hipotecables.
La hipoteca afectará únicamente la parte o cuota que corresponda al deudor hipotecario, a quien haya constituido la hipoteca.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, septiembre 17). ¿Se puede hipotecar un proindiviso en Colombia? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-hipotecar-un-proindiviso-en-colombia-1778/
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