¿Se puede incluir el tiempo de servicio militar al reclamar la devolución de aportes en Colpensiones?
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Un usuario del foro pregunta si puede incluir el tiempo de servicio militar al reclamar la devolución de aportes en Colpensiones, dado que su hermano, de 63 años, solo ha cotizado un año y no alcanza a pensionarse. La respuesta es afirmativa: el tiempo de servicio militar obligatorio puede ser considerado en la liquidación de la pensión o indemnización sustitutiva. Para ello, debe solicitar un certificado CETIL al Ministerio de Defensa y luego presentarlo a Colpensiones para gestionar un bono pensional. Se advierte que este proceso puede demorar varios meses.
Respuestas: (1)
Sí, el tiempo de cotizaciones correspondientes al servicio militar obligatorio se puede reclamar para que sea incorporado en la liquidación de la pensión o de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez (devolución de aportes).
Para ello, primero deberá solicitar al Ministerio de Defensa que expida el certificado CETIL, que luego entrega a Colpensiones para que Colpensiones gestione el respectivo bono pensional, que será incorporado en la liquidación de la indemnización sustitutiva.
Es un proceso que puede tomar varios meses porque el Ministerio de Defensa no responde con prontitud, y luego otros meses para que se emita y redima el bono pensional.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, agosto 26). ¿Se puede incluir el tiempo de servicio militar al reclamar la devolución de aportes en Colpensiones? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-incluir-el-tiempo-de-servicio-militar-al-reclamar-la-devolucion-de-aportes-en-colpensiones-1693/
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