¿Se puede vender el 50% de un inmueble?
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La duda planteada en el foro es si es posible vender el 50% de un inmueble, como una casa o un apartamento, y cuál sería el procedimiento. La respuesta es afirmativa: un propietario puede vender un porcentaje del inmueble, creando una comunidad de propietarios en proindiviso. Sin embargo, en el caso de casas o apartamentos, no se puede dividir físicamente el inmueble debido a las normativas urbanísticas, lo que impide la creación de una matrícula inmobiliaria independiente. En el caso de propiedades de varios pisos, se puede optar por la propiedad horizontal, permitiendo que cada propietario tenga su escritura y folio registral.
Respuestas: (1)
Sí, el propietario de un inmueble puede vender el 50% o cualquier otro porcentaje del mismo, creándose una comunidad de la que los dos propietarios son dueños de una parte abstracta y proindiviso del inmueble.
En el caso de una casa o apartamento, el inmueble permanece en proindiviso, ya que no es posible hacer una división porque las normas urbanísticas no lo permiten. De manera que no es posible crear una matrícula inmobiliaria independiente para el porcentaje que se vende.
Cuando se trata de una casa de dos o más pisos, por ejemplo, sí es posible hacer esa división recurriendo a la figura de la propiedad horizontal, donde cada propietario puede ser dueño de un piso con su propia escritura y folio registral.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, octubre 2). ¿Se puede vender el 50% de un inmueble? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-vender-el-50-de-un-inmueble-1835/
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