¿Si el trabajador retira los aportes del fondo de pensiones debe seguir cotizando a pensión?
Un empleado con sueldo de $1.921.920, sin auxilio de transporte, que decidió retirar el ahorro de sus pensiones del fondo privado el mes de agosto, pero seguirá laborando en la empresa, recibía en total $1.768.166 después de practicadas las debidas retenciones a los aportes de salud y pensión.
¿En el mes de septiembre se deberá causar sin el aporte a pensiones de parte de la empresa? ¿Qué manejo se le da a la retención que se le hacía del 4%?
¿Se debería pagarle el sueldo sin la retención de aporte a pensión del 4%?
Respuestas: (1)
De acuerdo con el artículo 17 de la Ley 100 de 1993, la obligación de realizar las cotizaciones a pensión cesa cuando se cumplen los requisitos para obtener la pensión mínima de vejez, o el afiliado se pensiona por invalidez o anticipadamente. Son los únicos casos en que no es obligatorio continuar cotizando; de manera que, si el trabajador cumple la edad de pensión pero no los otros requisitos que le permitan obtener la pensión de vejez y opta por retirar los aportes a pensión, en nuestro criterio, aún persiste la obligación de continuar cotizando a pensión por parte del empleador mientras esté vigente la relación laboral.
En ese sentido, se pronunció la Corte Constitucional en la sentencia T-307 de 2021, en la que dejó claro que ni el empleador se puede negar a seguir pagando las cotizaciones ni el fondo de pensiones se puede negar a afiliar al trabajador que ha retirado los aportes.
Lo anterior tiene sentido en que los aportes a pensión cubren tres riesgos: vejez, muerte e invalidez. Cuando se retiran los aportes a pensión, deja de cubrirse el riesgo de vejez porque ya no se cumplen los requisitos de ley, pero siguen existiendo los riesgos de invalidez y muerte, que siguen siendo asegurables.
En todo caso, para el empleador, lo mejor es seguir cotizando a pensión porque, aun después de que el trabajador retire los aportes a pensión, sigue existiendo el riesgo de invalidez y muerte. Si el trabajador no está cubierto y le ocurre algo, el empleador deberá responder por ello, lo que supone tener que pensionarlo por invalidez o reconocer la pensión de sobrevivientes, y el empleador tendrá que responder incluso si el trabajador ha aceptado, firmado, jurado y renunciado a seguir realizando aportes a pensión, porque son derechos irrenunciables.
Si el trabajador se negara a afiliarse de nuevo y a seguir realizando cotizaciones, lo mejor es terminarle el contrato de trabajo porque, incluso si el despido es injusto, es más económico que tener que cubrir una pensión de invalidez o de sobrevivientes. No se debe tener un trabajador con riesgos no asegurados, ya que es comprometer el patrimonio de la empresa.
Siendo así, el empleador debería seguir descontando el 4% que le corresponde cotizar al trabajador para pensión.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, septiembre 30). ¿Si el trabajador retira los aportes del fondo de pensiones debe seguir cotizando a pensión? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/si-el-trabajador-retira-los-aportes-del-fondo-de-pensiones-debe-seguir-cotizando-a-pension-1825/
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