¿Si la finca para la que labora el trabajador cambia de dueños el trabajador pierde sus derechos?

Tal vez esta pregunta la he planteado en reiteradas ocasiones. Pero surge una nueva duda: resulta que una persona lleva trabajando en una finca como cuidador y realizando oficios varios durante 13 años. Ha tenido ciertos problemas con el empleador, el cual no le ha liquidado los últimos 5 años de servicio, y tampoco lo afilió al sistema de seguridad social, o sea que no hizo los aportes a pensión. Ahora resulta que el dueño de la finca quiere vender la propiedad a espaldas del trabajador, con el fin de perjudicarlo y no reconocerle nada de lo que le debe.

Ahora surge una inquietud: los antiguos dueños de la propiedad la están reclamando a través de un sistema que se creó ya hace varios años, llamado restitución de tierras; o sea que la propiedad no puede ser vendida. Si por x o y motivo los antiguos dueños ganan la demanda y les devuelven la tierra, y por ende hay que desalojar, ¿el empleador debe cumplir con las obligaciones que tiene con su empleado?

Fecha: 2025-08-09

Respuestas: (5)

Las obligaciones laborales que adquiere un empleador son autónomas, es decir, sobreviven con independencia de lo que suceda con la finca, local, negocio, unidad productiva o finca para la que labore el trabajador. De manera que, en el caso que usted plantea, en caso de darse, el empleador sigue obligado a pagar lo que adeuda al trabajador y cumplir con los derechos que se causaron a favor de este.

El empleador es una persona natural, no la finca. De manera que, si se vende la finca o debe devolverla (restituirla), el empleador sigue siendo la persona natural y el trabajador puede perseguir cualquier otro bien o derecho que tenga la persona natural.

El empleador no puede decir que, como la finca ya no es suya, no debe pagar. Es un argumento que ningún juez validará. El problema aquí es con la prescripción de esas deudas, que ocurre a los 3 años, excepto los aportes a pensión, que son imprescriptibles.

Fecha: 2025-08-09
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Gerencie.com dijo:Las obligaciones laborales que adquiere un empleador son autónomas, es decir, sobreviven con independencia de lo que suceda con la finca, local, negocio, unidad productiva o finca para la que labore el trabajador. De manera que, en el caso que usted plantea, en caso de darse, el empleador sigue obligado a pagar lo que adeuda al trabajador y cumplir con los derechos que se causaron a favor de este.

El empleador es una persona natural, no la finca. De manera que, si se vende la finca o debe devolverla (restituirla), el empleador sigue siendo la persona natural y el trabajador puede perseguir cualquier otro bien o derecho que tenga la persona natural.

El empleador no puede decir que, como la finca ya no es suya, no debe pagar. Es un argumento que ningún juez validará. El problema aquí es con la prescripción de esas deudas, que ocurre a los 3 años, excepto los aportes a pensión, que son imprescriptibles.

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Teniendo en cuenta que ya algunas obligaciones por parte del empleador preinscribieron, ¿qué puede reclamar el empleador ante un juez y que firmemente tenga garantía de que va a ganar la demanda?

Fecha: 2025-08-09
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Javier Toscano dijo:Teniendo en cuenta que ya algunas obligaciones por parte del empleador preinscribieron, ¿qué puede reclamar el empleador ante un juez y que firmemente tenga garantía de que va a ganar la demanda?

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Puede reclamar prestaciones sociales y salarios pendientes de pago causados en los últimos 3 años, pero no hay garantía de que gane la demanda, puesto que debe probarse la relación contractual, de modo que el juez tenga certeza de la existencia del contrato de trabajo, así sea un contrato de realidad.

Todo proceso judicial depende de lo que cada parte pueda acreditar en el proceso, aunque tratándose de un contrato de trabajo, este se presume, y el trabajador solo debe probar que prestó el servicio al empleador. El empleador deberá desvirtuar la relación laboral que se presume, en caso de que alegue que no era un contrato de trabajo, sino uno de servicios o cualquier otro.

Cuando no hay certeza de las cosas, lo más indicado es que un abogado experto en derecho laboral evalúe la documentación, pruebas y testimonios para determinar el grado de certeza de lo que se pretende reclamar en la demanda.

Fecha: 2025-08-09
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Gerencie.com dijo:Puede reclamar prestaciones sociales y salarios pendientes de pago causados en los últimos 3 años, pero no hay garantía de que gane la demanda, puesto que debe probarse la relación contractual, de modo que el juez tenga certeza de la existencia del contrato de trabajo, así sea un contrato de realidad.

Todo proceso judicial depende de lo que cada parte pueda acreditar en el proceso, aunque tratándose de un contrato de trabajo, este se presume, y el trabajador solo debe probar que prestó el servicio al empleador. El empleador deberá desvirtuar la relación laboral que se presume, en caso de que alegue que no era un contrato de trabajo, sino uno de servicios o cualquier otro.

Cuando no hay certeza de las cosas, lo más indicado es que un abogado experto en derecho laboral evalúe la documentación, pruebas y testimonios para determinar el grado de certeza de lo que se pretende reclamar en la demanda.

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En este caso no existe un contrato laboral escrito; hay un acuerdo, digamos que verbal. La persona fue contratada por un familiar del verdadero dueño de la finca. Le dijo que cuidaría la finca durante 6 meses y, como puede darse cuenta, ya lleva 13 años. ¿Puede el empleado ganar la demanda?

Fecha: 2025-08-11
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Al ser un contrato verbal y con un tercero ajeno al dueño de la finca, el proceso probatorio se hace más complejo; pero, en todo caso, como el beneficiario de la actividad laboral desplegada por el trabajador es el dueño de la finca, este es responsable por las obligaciones que se deriven.

En tal caso, lo recomendable es contactar con un abogado que realice una evaluación de las circunstancias y pruebas que el trabajador pueda allegar para determinar la posibilidad de éxito.

Fecha: 2025-08-11
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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, agosto 9). ¿Si la finca para la que labora el trabajador cambia de dueños el trabajador pierde sus derechos? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/si-la-finca-para-la-que-labora-el-trabajador-cambia-de-duenos-el-trabajador-pierde-sus-derechos-1630/

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