¿Tengo derecho al descanso dominical si regreso de vacaciones a mitad de semana?

Si entro a trabajar un jueves después de estar de vacaciones, ¿tengo derecho al descanso dominical?

Fecha: 2025-04-25

Respuestas: (1)

Sí. El trabajador que inicia labores a mitad de la semana o luego de iniciada la semana, en razón de que se reincorpora al trabajo luego de finalizar sus vacaciones, tiene derecho a que se le pague el descanso dominical remunerado completo correspondiente al siguiente domingo.

Esto se debe a que el numeral primero del artículo 173 del Código Sustantivo del Trabajo señala que el empleador debe pagar el descanso dominical a los trabajadores que hayan cumplido con su jornada laboral semanal completa; y si no laboran la semana completa, esto debe ser por una justa causa o por disposición del empleador. El haber estado en vacaciones es una justa causa para no trabajar la semana completa; por lo tanto, se cumple el presupuesto legal para pagar el descanso dominical.

Distinto es si el trabajador se ausenta del trabajo sin justificación o sin permiso del empleador. Por ejemplo, si debía reincorporarse de vacaciones el lunes y lo hizo el jueves sin autorización del empleador. En tal evento, no se le remunera el descanso dominical.

Fecha: 2025-04-25
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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, abril 25). ¿Tengo derecho al descanso dominical si regreso de vacaciones a mitad de semana? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/tengo-derecho-al-descanso-dominical-si-regreso-de-vacaciones-a-mitad-de-semana-1354/