Durante el contrato

Incapacidades

Valor de la incapacidad por enfermedad común o laboral, repartida por tramos entre empleador, EPS, ARL y fondo de pensiones; prórrogas, nómina mes a mes, recobro y fecha de reintegro.

Identificación opcional
Para calcular la fecha de reingreso al trabajo.
Liquidación básica

Reparte toda la incapacidad por tramos según los días: empleador, EPS, ARL o fondo de pensiones.

El porcentaje y el reparto por tramos se aplican solos según los días.
Liquidación completa y nómina

Liquida la incapacidad y sus prórrogas mes a mes, junto con el salario y el auxilio de transporte de los días trabajados, y calcula la fecha de reintegro.

Deje 0 si el trabajador no tiene derecho a él.
Los prescritos en total. Las prórrogas se agregan abajo.
Si informa días ya liquidados, el primer día que falta por liquidar.
De la misma incapacidad, si parte ya se pagó. Deje 0 si liquida desde el primer día.
Solo para el salario de los días trabajados. La incapacidad se liquida siempre sobre 30 días.

Prórrogas opcional

Incapacidades posteriores. Si son del mismo diagnóstico o uno relacionado y empiezan dentro de los 30 días siguientes a la anterior, el acumulado continúa; si no, empieza de nuevo.

Pago y recobro opcional
Del mes anterior al inicio. Déjelo vacío si es igual al salario. Con salario integral es el 70 %.
Si no lo emitió, la EPS paga desde el día 181 en lugar del fondo de pensiones.

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