¿Cómo liquidar vacaciones y cesantías con licencia no remunerada?
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Un usuario del foro pregunta cómo liquidar sus vacaciones y cesantías para el año 2025, dado que ha estado en licencia no remunerada desde marzo de 2024 y solo trabajó 89 días en 2024. La solución proporcionada indica que la licencia suspende el contrato, por lo que el tiempo de suspensión no cuenta para la liquidación. Las vacaciones y cesantías se calcularán solo sobre los 89 días trabajados. Para las cesantías, se aplica la fórmula (Salario mensual x 89)/360, y para las vacaciones, (Salario mensual x 89/720).
¿Cómo liquidar vacaciones y cesantías de 2025 con licencia no remunerada?
En 2024 trabajé solo 89 días, desde 2024 hasta el momento he continuado en licencia no remunerada. ¿Cómo liquido cesantías de 2025 y las vacaciones que corresponden por los días que trabajé en 2024?
Caso: *Licencia no remunerada desde el 30 de marzo de 2024 hasta el 15 de diciembre de 2025.
Gracias.
Respuestas: (1)
La licencia no remunerada suspende el contrato de trabajo, de modo que el tiempo que dure la suspensión del contrato no computa para la liquidación de las vacaciones y de las cesantías.
Si hubiera trabajado el año completo, las vacaciones se liquidarían sobre 360 días, pero como solo laboró 89 días, se liquidan con 89 días trabajados.
Igual ocurre con el auxilio de cesantías, donde los días trabajados en el 2025 serán 89 días.
Es más sencillo de lo que inicialmente parece. Es cuestión de aplicar la fórmula:
(Salario mensual x 89)/360
Y las vacaciones:
(Salario mensual x 89/720)
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, diciembre 4). ¿Cómo liquidar vacaciones y cesantías con licencia no remunerada? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/como-liquidar-vacaciones-y-cesantias-con-licencia-no-remunerada-1979/
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