¿Como mayordomo de una finca, tengo derecho a una liquidación?

Tengo tres años trabajando en una finca como mayordomo, ejerciendo todo el trabajo de la finca. ¿Si renuncio, cuánto me tendría que reconocer el jefe por el tiempo trabajado?

Fecha: 2025-08-05

Respuestas: (1)

En principio, sí tiene derecho a la liquidación, suponiendo que exista un contrato de trabajo, que es lo normal. En tal caso, la liquidación por los 3 años dependerá del salario acordado entre las partes.

La liquidación comprende la prima de servicios, el auxilio de cesantías, intereses de cesantías y la compensación de vacaciones.

En esta calculadora en línea puede hacer la liquidación de estos conceptos. Si nunca le han liquidado esos conceptos, los días trabajados serán 1.080, que corresponde a los 3 años.

Fecha: 2025-08-05
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Gerencie.com (2025, agosto 5). ¿Como mayordomo de una finca, tengo derecho a una liquidación? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/como-mayordomo-de-una-finca-tengo-derecho-a-una-liquidacion-1621/

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