Liquidador de renta para personas naturales

Calculadora prestaciones sociales

Ingrese los valores solicitados para obtener el auxilio de cesantías, intereses, prima y vacaciones.

Ingrese los días arriba para autocompletar o llene cada campo individualmente:

Instrucciones.

  1. Salario. Corresponde al salario del trabajador, que está conformado por salario básico, comisiones, pagos en especie, horas extras, recargos nocturnos, dominicales y festivos.
  2. Auxilio de transporte. Si el trabajador tiene derecho al auxilio de transporte, inclúyalo; de lo contrario, deje el campo con el valor 0.
  3. Días trabajados. Los días trabajados desde la última liquidación de cesantías o desde que inició el contrato de trabajo para trabajadores nuevos. Para el año completo, 360 días; de lo contrario, la proporción correspondiente. Cada concepto puede tener un número de días diferente debido a que las prestaciones sociales y vacaciones se deben liquidar en tiempos diferentes. Por ejemplo, la prima de servicios se liquida cada 6 meses y las cesantías cada año. Las vacaciones pueden comprender 1 año de trabajo, menos de 1 año o incluso más.
  4. Prima de servicios. La prima de servicios se paga en dos cuotas, por lo que los días trabajados son distintos a los que se utilizan para liquidar las cesantías; de modo que para un año, en cesantías serán 360 días, pero en la prima de servicios serán 180 por cada semestre y liquidación.

La herramienta le permite ingresar el mismo número de días para todas las prestaciones o uno distinto para cada una, lo que es útil porque la prima de servicios y las vacaciones se pueden liquidar en fechas distintas.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2023, marzo 4). Calculadora prestaciones sociales [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/calculadora-prestaciones-sociales.html

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2 comentarios
  1. Maringa C.. julio 21 de 2023

    Buenas tardes:

    De acuerdo con los parámetros establecidos para la liquidación de prestaciones sociales de una empleada de servicio doméstico, he observado que para la liquidación de vacaciones por día se tuvo en cuenta el salario diario más el subsidio de transporte. Lo correcto sería considerar el salario diario más la proporción dominical. Por favor, ¿me podrían aclarar esto?

    Muchas gracias, tienen herramientas de gran utilidad.

    Éxitos.

    Responder a Maringa C..