¿Cómo se calcula de valor fiscal de inmuebles a primero de enero según impuesto patrimonio?
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En la discusión se plantea la duda sobre cómo calcular el valor fiscal de inmuebles a primero de enero para el impuesto al patrimonio, específicamente si se debe usar el avalúo catastral del año anterior. La solución expuesta indica que el valor fiscal a considerar es el vigente al 1 de enero, que puede ser el avalúo catastral, pero no necesariamente se limita a él. Para personas naturales, el valor patrimonial puede ser el que aparece en el impuesto predial del año en curso, ya que este se basa en el avalúo catastral vigente a esa fecha.
¿La pregunta es si el valor de un inmueble a primero de enero corresponde al valor del avalúo catastral del año anterior, dado que a esa fecha el único documento oficial vigente es el impuesto predial, el cual se calcula con el avalúo catastral?
Respuestas: (1)
El valor fiscal (patrimonial) del inmueble que se toma como referencia es el vigente a 1 de enero de cada año, y ese valor es el fiscal, no el avalúo catastral, aunque el avalúo catastral es una de las formas que puede tomar el costo fiscal.
Si el contribuyente toma el avalúo catastral como valor patrimonial (artículo 277 del estatuto tributario), como es el caso de las personas naturales, será el que figure en el impuesto predial del año en curso, esto es, del 1 de enero.
Esto es así porque el impuesto predial es un impuesto que se causa a inicio de año con base en el avalúo catastral vigente al inicio del periodo (1 de enero).
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, abril 30). ¿Cómo se calcula de valor fiscal de inmuebles a primero de enero según impuesto patrimonio? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/como-se-calcula-de-valor-fiscal-de-inmuebles-a-primero-de-enero-segun-impuesto-patrimonio-1367/
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