Devolución de saldos por vejez a un expatriado: ¿Hay que declarar renta/pagar impuestos?
Soy expatriado con cero vínculos con el país (no he declarado renta en muchos años ni vivo en el país), me gustaría saber si al recibir la devolución de saldos por vejez hay que pagar impuestos/declarar renta.
Gracias.
Respuestas: (1)
Si al recibir la devolución de saldos supera algún tope para declarar renta, como por ejemplo las consignaciones o el patrimonio (por el saldo de la cuenta bancaria), podría tener que declarar renta, pero como la devolución de saldos o la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez es exenta hasta 1.000 UVT mensuales, no tendría que pagar impuesto alguno, a no ser que el resultado de la devolución equivalga a más de 1.000 UVT promedio mensual, lo que es improbable.
En consecuencia, no debería preocuparse por los efectos tributarios si solicita la devolución de saldos, puesto que, aunque tuviera que declarar, no pagaría impuesto alguno.
Consultar el inciso segundo del numeral 5 del artículo 206 del estatuto tributario.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2026, marzo 5). Devolución de saldos por vejez a un expatriado: ¿Hay que declarar renta/pagar impuestos? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/devolucion-de-saldos-por-vejez-a-un-expatriado-hay-que-declarar-renta-pagar-impuestos-2135/
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