¿Cómo se calcula el día de descanso obligatorio en trabajos por turnos?
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Un usuario del foro pregunta cómo se calcula el día de descanso obligatorio para trabajadores en turnos, específicamente en el contexto de una empresa del sector salud. La empresa sostiene que un trabajador que termina su turno a las 6 a.m. y regresa a las 2 p.m. al día siguiente ya cumplió con su día de descanso, dado que ha pasado más de 24 horas.
Las respuestas aclaran que el día de descanso obligatorio debe ser acordado y no se confunde con el descanso entre turnos. La ley exige un mínimo de 24 horas de descanso, pero también establece límites en las horas de trabajo semanales. Si se superan esos límites, la empresa podría tener razón si garantiza 24 horas de descanso, aunque no cumpliría con todas las normativas laborales.
Respuestas: (1)
Cuando se trabaja por turnos, el día de descanso obligatorio no debe confundirse con el descanso normal que hay entre turnos por la naturaleza de estos.
El día de descanso obligatorio es el que fijen las partes, como por ejemplo el domingo, de manera que el trabajador puede hacer turnos hasta el sábado e iniciarlos nuevamente el lunes. La ley establece que debe haber como mínimo 24 horas de descanso y, en ese caso, la empresa podría tener razón, dependiendo de cómo se estructuraron los turnos y cuántos turnos se realizaron en la semana.
El trabajo por turnos está regulado por el artículo 165 del Código Sustantivo del Trabajo, y la jornada laboral no puede exceder de 44 horas a la semana. Si se aplica el literal d) del artículo 161 del CST, el turno no puede exceder de 6 horas al día y 36 a la semana, de manera que, si se aplica la norma, no tiene por qué darse la situación de que el día de descanso obligatorio sea el mismo espacio temporal que separa los turnos asignados.
Desafortunadamente, la norma no regula la situación en que los turnos superan los límites establecidos por la norma y se laboran 50 o 60 horas a la semana, caso en el cual sucede la situación planteada por usted. En ese evento, la empresa puede argumentar que, mientras el descanso sea de por lo menos 24 horas continuas, está cumpliendo con la ley, y en tal caso puede tener razón, ya que cumple con el artículo 172 del CST, pero no con el 161 ni con el 165.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, julio 30). ¿Cómo se calcula el día de descanso obligatorio en trabajos por turnos? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/como-se-calcula-el-dia-de-descanso-obligatorio-en-trabajos-por-turnos-1603/
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