¿Cómo se declaran los actos de notaría?
La pregunta es si se debe mostrar en la declaración de renta o no lo siguiente:
Valor adquirió en notaría, concepto actos en notaría: compraventa vivienda de interés social. Esto es lo que envía en información por terceros la Dian. No hay escrituras, no hay ningún otro documento, únicamente el crédito hipotecario.
Respuestas: (1)
La información que se reporta a la Dian es informativa, y la declaración de renta se debe elaborar según la realidad económica del contribuyente; en consecuencia, si no se compró ninguna propiedad, no se declara ninguna.
Aunque no se entiende cómo puede haber un crédito hipotecario si no hay ninguna escritura. Si la notaría reporta un crédito hipotecario, es porque se constituyó por notaría una hipoteca, que puede o no corresponder a la adquisición de una vivienda, y en caso de que ese haya sido el caso, pareciera ser una vivienda de interés social. Si según usted eso no existió, entonces probablemente se debió a un error en la información reportada a la Dian.
Si el crédito hipotecario existió, entonces se puede declarar como pasivo, pero no con base en el valor indicado por la notaría, sino con base en el saldo a 31 de diciembre que le haya reportado la entidad financiera.
El simple reporte de la Dian no es suficiente para dar una respuesta definitiva, puesto que se debe conocer la realidad del contribuyente: qué negocios o bienes compró o hipotecó, etc.
Agradecemos cualquier detalle adicional para enfocar mejor la respuesta.
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