¿Cómo se declara la comprada de una vivienda de interés social?
Buenas tardes.
Tengo una duda: ¿Como declarar el valor de adquisición por notaria, concepto actos de notaría , compraventa de interés social? ¿Cómo se debe mostrar en la declaración de renta?
Respuestas: (1)
La vivienda se debe declarar en el patrimonio por el valor de compra que figure en la escritura pública de compraventa, y si para la compra de la vivienda se incurrió en un crédito, dicho crédito se declara como pasivo.
Al tratarse de una vivienda de interés social, seguramente habrá recibido algún tipo de subsidio, y ese subsidio se declara como ingreso gravado que se debe incluir en la cédula de rentas no laborables, es decir, que al final se termina pagando impuesto sobre el subsidio de vivienda, puesto que no hay una ley que califique esos subsidios como ingresos no gravados o no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.
En caso de haberse recibido subsidio, el valor por el que se declara la vivienda sigue siendo el total del precio que figure en la escritura de compraventa. Esta precisión se hace porque algunos contribuyentes descuentan del precio de venta el valor del subsidio, lo que es incorrecto.
Por ejemplo, se compra una vivienda de interés social con valor escriturado de $120.000.000, pagado de la siguiente forma:
Cuota inicial | $30.000.000. |
Crédito hipotecario | $50.000.000. |
Subsidio de vivienda | $40.000.000 |
Total | $120.000.000. |
En el activo, la vivienda se registra por el valor total, que es $120.000.000, y en el pasivo se declara $50.000.000 del crédito hipotecario y, como ingreso gravado en la cédula de rentas no laborales, la suma de $40.000.000.
En la declaración de renta, el activo está totalizado, por lo que no se puede discriminar el valor de la vivienda. La individualización y discriminación se hacen en los anexos que se elaboran al preparar la declaración de renta.