¿Cómo se declaran los aportes a pensión obligatorios efectuados por el empleador?
¿El aporte a pensión obligatoria que realiza el empleador cada mes en la nómina es un ingreso no constitutivo de renta o una deducción en la declaración de renta?
Respuestas: (1)
El artículo 55 del estatuto tributario señala que los aportes obligatorios a pensión que realice tanto el trabajador como el empleador se consideran como un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, y al mismo tiempo señala que los aportes a pensión a cargo del empleador serán deducibles en el impuesto de renta de este.
En consecuencia, la totalidad del aporte a pensión que se consigne en el fondo de pensiones es declarada por el trabajador como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, tanto la parte que le corresponde al trabajador (4%) como la parte que está a cargo del empleador (12%).
El empleador, en su declaración de renta, podrá deducir lo que pagó por los aportes a pensión de sus trabajadores.
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