¿Cómo se paga la seguridad social en asalariados con ingresos como independientes?
Seguridad social en asalariados con ingresos como independientes
Respuestas: (1)
Los asalariados que además del salario tiene ingresos como independientes, como puede ser un arrendamiento o los ingresos de un establecimiento de comercio, deberán cotizar como trabajadores independientes respecto a los ingresos distintos al salario recibo por esas actividades.
Los aportes se liquidarán sobre el 40% de los ingresos como independientes, y si en la obtención de esos ingresos se incurrieron en costos, con en el ejemplo del establecimiento de comercio, se resten esos costos para obtener un ingreso neto sobre el cual se aplica el 40%.
Cuando los ingresos como independientes son inferiores a 1 salario mínimo, en nuestro criterio no existe la obligación de pagar aportes a seguridad social, pues esta se paga cuando los ingresos son iguales o superiores a 1 salario mínimo (artículo 89 de la ley 2277 de 2022), lo que es razonable porque, de no ser así, se podría dar el hipotético caso que el valor de los aportes superara el ingreso mensual del trabajador.
En cuanto a cómo se debe hacer el pago, el trabajador tendrá que hacerlo por medio de la PILA donde debe cotizar como independiente (Planilla I), en la cual debe reportar únicamente los ingresos como independiente.