¿Cómo y cuándo se alegan las excepciones en un proceso verbal sumario de única instancia?
¿Cuál es la oportunidad para debatir las excepciones de la contestación de la demanda en un verbal sumario de única instancia? ¿Por escrito o en la audiencia?
Respuestas: (3)
El artículo 391 del Código General del Proceso establece que la respuesta a la demanda debe hacerse por escrito, aunque puede hacerse verbalmente; sin embargo, debe levantarse un acta al respecto, que naturalmente debe ser escrita. De modo que las excepciones deben presentarse por escrito, y si se trata de excepciones previas, deberán alegarse mediante recurso de reposición contra el auto admisorio de la demanda.
Tratándose de las excepciones de mérito, que deben constar por escrito, se corre traslado al demandante por 3 días, de manera que estas se discutirán o debatirán en la audiencia.
Creo que no se está argumentando de manera correcta la contestación de las excepciones de mérito. Dice el inciso 6: "Si se proponen excepciones de mérito, se dará traslado de estas al demandante por tres (3) días para que pida pruebas relacionadas con ellas." Lo que quiere decir que solo debo pedir pruebas si se considera necesario. En ese sentido, no estoy obligado a presentar la contestación a esas excepciones; luego puedo debatir en audiencia lo excepcionado. La negación a debatir en audiencia es una violación al debido proceso.
AIBAR RINCON IGLESIAS dijo:Creo que no se está argumentando de manera correcta la contestación de las excepciones de mérito. Dice el inciso 6: "Si se proponen excepciones de mérito, se dará traslado de estas al demandante por tres (3) días para que pida pruebas relacionadas con ellas." Lo que quiere decir que solo debo pedir pruebas si se considera necesario. En ese sentido, no estoy obligado a presentar la contestación a esas excepciones; luego puedo debatir en audiencia lo excepcionado. La negación a debatir en audiencia es una violación al debido proceso.
Ver masEs correcto. La parte demandante puede no presentar la contestación a las excepciones que alegue la parte demandada y, en todo caso, podrá discutirlas o alegarlas en la audiencia respectiva.
La norma establece que, si la parte demandada propone excepciones de mérito, se dará traslado de ellas a la parte demandante, pero no exige que la parte demandante deba contestarlas; solo le da la oportunidad de solicitar pruebas si las considera pertinentes.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, septiembre 28). ¿Cómo y cuándo se alegan las excepciones en un proceso verbal sumario de única instancia? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/como-y-cuando-se-alegan-las-excepciones-en-un-proceso-verbal-sumario-de-unica-instancia-1815/
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