¿Cuál es el tope para hacer retención en la fuente a un proveedor (declaración de renta)?
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La duda planteada en el foro se centra en el tope para aplicar retención en la fuente a un proveedor en la declaración de renta. La solución expuesta indica que el tope varía según el concepto de retención, ya sea por compra o servicio. Es crucial identificar si el proveedor es persona natural o jurídica, ya que esto influye en la obligación de declarar renta. Para los proveedores naturales, se debe verificar su obligación de declaración, mientras que para los jurídicos, se debe considerar su régimen fiscal. Se recomienda consultar la tabla de retención para determinar el concepto de pago correspondiente.
Respuestas: (1)
Depende del concepto de retención. Es decir, si lo que le provee es una compra general, o un servicio general o especial. Existen distintos topes o bases de retención, de modo que el primer paso a realizar es identificar el concepto por el que se hace el pago al proveedor.
Para identificar correctamente cuándo aplicar la retención, se debe identificar si el proveedor es persona natural, caso en el cual es relevante determinar si está o no obligada a declarar renta, y si es persona jurídica, donde no se hace esa distinción, pero en su lugar se debe determinar si pertenece al régimen ordinario en renta, al especial o al RST, para definir si hay o no obligación de practicar la retención.
En nuestra tabla de retención está la lista de posibles conceptos de pago y debe identificar cuál es el de su interés.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2026, febrero 18). ¿Cuál es el tope para hacer retención en la fuente a un proveedor (declaración de renta)? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/cual-es-el-tope-para-hacer-retencion-en-la-fuente-a-un-proveedor-declaracion-de-renta-2106/
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