¿Debo pasarme a Colpensiones si estoy en un fondo privado de pensiones?
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La duda planteada es si una persona de 51 años, con 774 semanas cotizadas en un fondo privado de pensiones, debería pasarse a Colpensiones. La solución sugiere que, al estar cobijada por el régimen de transición, puede seguir en el fondo privado y pensionarse bajo la Ley 100 de 1993. Sin embargo, la decisión depende del salario cotizado: si ha sido inferior a 1.8 salarios mínimos, no habría diferencia significativa entre ambos fondos. Si ha cotizado más, podría ser beneficioso cambiarse a Colpensiones. Se recomienda realizar un cálculo detallado para tomar la mejor decisión.
Respuestas: (1)
Teniendo 774 semanas cotizadas, queda cobijada por el régimen de transición establecido en la reforma pensional, de modo que puede seguir perteneciendo al fondo privado de pensiones y se pensionará con la Ley 100 de 1993.
Dependiendo del salario que haya cotizado durante toda la vida laboral y, por consiguiente, del monto que tenga ahorrado en la cuenta individual en su fondo de pensiones, puede o no convenirle pasarse a Colpensiones.
Si ha cotizado sobre salarios inferiores a 1.8 salarios mínimos mensuales, aproximadamente, puede ser indiferente si se pasa o no a Colpensiones, puesto que en los dos fondos tendrá la misma mesada pensional, que es de un salario mínimo. Si ha cotizado sobre un salario superior a 1.8 salarios mínimos, sí podría convenirle pasarse a Colpensiones.
En todo caso, para tomar la decisión, se debe hacer un cálculo más detallado según los valores anteriormente señalados.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, julio 1). ¿Debo pasarme a Colpensiones si estoy en un fondo privado de pensiones? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/debo-pasarme-a-colpensiones-si-estoy-en-un-fondo-privado-de-pensiones-1548/
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