¿El auxilio de movilidad constituye salario?
Buen día,
¿Me puede informar si el auxilio de movilidad en qué caso se convierte en factor salarial?
Gracias.
Respuestas: (1)
El auxilio de movilidad se asimila al auxilio de transporte porque se entiende que se paga para compensar lo que el trabajador debe gastar para movilizarse desde y hacia su lugar de trabajo, ya sea porque el auxilio de transporte legal no le es suficiente o porque no tiene derecho a él.
Considerando que el auxilio de movilidad es una forma de auxilio de transporte extralegal, y que este hereda la misma naturaleza del auxilio de transporte legal, «por defecto» es factor prestacional como aquel; por lo que, si se quiere privar de ese factor prestacional, las partes deben establecerlo expresamente.
Así lo señaló la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia en sentencia 40591 del 7 de febrero de 2012, con ponencia del magistrado Jorge Mauricio Burgos, al afirmar que el auxilio de transporte intermunicipal estipulado en la cláusula convencional no fue pactado como una ayuda no salarial y, al estar equiparado al auxilio legal de transporte, debe considerarse como salario para efectos de liquidación de prestaciones sociales.
En consecuencia, el auxilio de movilidad se convierte en factor prestacional cuando las partes de forma expresa no lo han establecido. Es decir, se requiere que exista una cláusula en ese sentido.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, mayo 5). ¿El auxilio de movilidad constituye salario? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/el-auxilio-de-movilidad-constituye-salario-1380/
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