¿El empleador puede entregar la dotación en dinero a sus trabajadores?
Respuestas: (1)
El empleador no puede entregar la dotación en dinero al trabajador, y debe obligatoriamente entregarla en especie como lo establece el artículo 230 del código sustantivo del trabajo.
Esto en razón a que el artículo 234 del código sustantivo del trabajo de forma expresa prohíbe a los empleadores pagar en dinero dicha prestación social.
La compensación en dinero sólo es posible a la terminación del contrato de trabajo, momento en el cual, si la dotación no fue entregada conforme lo despone la ley, el trabajador puede exigir ante un juez que el empleador lo indemnice por ello.
En consecuencia, el trabajador no puede exigir al empleador que en lugar de entregarle la dotación le pague una compensación en dinero, y si el empleador accediera, en todo caso se presume que incumplió con su obligación de entregar la dotación y finalizado el contrato de trabajo el trabajador podría demandarlo e incluir dentro de la pretensiones de la demanda el pago de una indemnización por ese incumplimiento.
De manera que, el trabajador obligatoriamente debe recibir la dotación, y si decide no utilizarla, el empleador queda eximido de entregarla en el periodo siguiente.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, enero 29). ¿El empleador puede entregar la dotación en dinero a sus trabajadores? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/el-empleador-puede-entregar-la-dotacion-en-dinero-a-sus-trabajadores-1057/
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