¿Empleador debe pagar completa la licencia de paternidad si la EPS la reconoce proporcionalmente.?
Tengo un caso de un trabajador que la EPS solo reconoció el porcentaje de 4 días porque él solo había cotizado como 4 meses del embarazo de la esposa. Tenemos la duda si solo se le da la licencia de 4 días que reconoció la EPS o si se le dan los 14 días y se le paga el valor que solo reconoció la EPS.
Respuestas: (2)
El artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo señala que la licencia de paternidad está a cargo de la EPS y será pagada en proporción a las semanas cotizadas, por lo que, en efecto, si no se cotizó durante todo el periodo de gestación, la EPS la reconoce parcialmente.
En nuestro criterio, cuando la EPS no paga toda la licencia de paternidad, el trabajador sigue teniendo derecho a disfrutarla de forma completa, y como la licencia de paternidad no suspende el contrato de trabajo, el empleador deberá asumir el pago correspondiente, porque mientras el contrato esté vigente se deben cumplir todas las obligaciones derivadas de él.
Las incapacidades y licencias de maternidad y paternidad que están a cargo de las respectivas administradoras, se deben pagar por parte del empleador con ocasión en cada de periodo de nomina regular según lo acordado en contrato de trabajo, reglamento interno de trabajo o periocidad de pago de la nomina.
Preguntas relacionadas:
- ¿Cómo liquidar vacaciones y cesantías con licencia no remunerada?
- ¿Cómo se pagan las incapacidades laborales si gano un salario mínimo?
- ¿Se puede argumentar la falta de ingresos o sustento para acceder al fuero de prepensionado?
- ¿Al pagar horas extras nocturnas, debo pagar el recargo nocturno?
- ¿Qué pasa con los empleados cuando la fiscalía clausura las operaciones de una empresa?
Nuestros productos y servicios
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, septiembre 3). ¿Empleador debe pagar completa la licencia de paternidad si la EPS la reconoce proporcionalmente.? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/empleador-debe-pagar-completa-la-licencia-de-paternidad-si-la-eps-la-reconoce-proporcionalmente-1718/
Registro gratis en Gerencie.com
Regístrese y obtenga los siguientes beneficios:
- Navegue por nuestro contenido con una menor cantidad de anuncios.
- Cuando realice una pregunta será notificado en su correo.
- Podrá hacernos preguntas en la sección de preguntas y respuestas.
- Podrá agregar artículos y herramientas en línea a su sección de favoritos.
- Podrá comunicarse con otros usuarios mediante mensajes privados.
- Podrá publicar su perfil profesional en nuestro directorio de profesionales.
- Podrá acceder a nuestra calculadora de pensiones.
- Podrá acceder a la sección de recompensas por participar y aportar a la comunidad.
El registro es gratuito, lo mismo que todos los servicios y beneficios señalados en la lista anterior.
Regístrate aquí

Únete a nuestro canal de WhatsApp para recibir las últimas actualizaciones
Contacto
Legal
Temario
Zona de clientes