¿En el formato 1011 se debe reportar el saldo de inventarios a 31 de diciembre?
Una pregunta adicional respecto al mismo formato, se deben reportar los saldos de inventarios de mercancias a 31 de diciembre y si es así cual sería el concepto.
Respuestas: (3)
No. El saldo de inventarios a 31 de diciembre no debe ser reportado en el formato 1011 de información exógena.
El artículo 32 de la resolución 162 de 2023, que establece los saldos de los activos que se deben reportar, no incluye el saldo de inventarios, así que no existe un concepto para ello.
¿En qué conceptos se debe reportar el valor del inventario final al 31 de diciembre de 2024, según los nuevos lineamientos establecidos en el artículo 32 de la Resolución 162 sobre información exógena nacional, considerando que esta resolución solicita el envío del valor patrimonial de propiedad, planta y equipo, así como otros activos?
Me refiero al formato 1011 - información de las declaraciones tributarias, teniendo en cuenta los siguientes conceptos:
- Saldo a 31 de diciembre en caja. 1105
- Valor patrimonial de vehículos, maquinaria y equipo. 1502
- Valor patrimonial de activos fijos intangibles. 1512
- Valor patrimonial de los activos fijos agotables. 1513
- Valor patrimonial a 31 de diciembre de activos biológicos plantas. 1519
- Valor patrimonial a 31 de diciembre de activos biológicos animales. 1520
- Valor patrimonial de la casa o apartamento de habitación (Inciso 2 Art. 295-3 ET). 1521
- Valor patrimonial de lotes rurales y fincas. 1522
- Valor patrimonial de lotes urbanos. 1523
- Valor patrimonial de otros bienes inmuebles (no relacionados en los conceptos 1512, 1513 y 1519). 1524
- Valor patrimonial de otros bienes muebles. 1525
- Valor patrimonial de otros activos (no relacionados en los artículos 29 y 30 de la presente resolución y en los conceptos de este artículo). 1526
Agradezco su amable y respetuosa respuesta.
Como lo comentamos en la respuesta anterior, el artículo 32 (formato 1011) de la resolución 162 de 2023 no contempla un concepto para reportar el saldo de los inventarios, como tampoco contempla un concepto para reportar saldos de cartera ni de inversiones.
El único formato que contempla reportar inventarios es el 1034, establecido en el artículo 42 de la misma resolución.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, mayo 7). ¿En el formato 1011 se debe reportar el saldo de inventarios a 31 de diciembre? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/en-el-formato-1011-se-debe-reportar-el-saldo-de-inventarios-a-31-de-diciembre-1386/