¿Los descuentos en salud y pensión que se hacen al empleado se reportan en el formato 1001?
Buenas tardes, para el caso del formato 1001, los descuentos que se hacen al trabajador por pensión y salud y que luego forman parte del pago a la aseguradora que corresponda van en el formato 1001.
Respuestas: (1)
Sí. Los pagos que el empleador realice a las EPS y a las ARL, tanto los que le corresponden como empleador como los que descuenta al trabajador, se deben reportar en el formato 1001, concepto 5011.
Respecto a los pagos a los fondos de pensiones por los aportes obligatorios del empleador y del trabajador, se reportan en el formato 1001 bajo el concepto 5012.
Así lo establece expresamente la resolución 162 de 2023 en su artículo 20.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, mayo 7). ¿Los descuentos en salud y pensión que se hacen al empleado se reportan en el formato 1001? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/los-descuentos-en-salud-y-pension-que-se-hacen-al-empleado-se-reportan-en-el-formato-1001-1387/