¿En la liquidación de incapacidades laborales se descuentan aportes a salud y pensión?
¿Al momento de realizar la liquidación de la incapacidad de un empleado al 66.66%, al valor que sale, le debo practicar deducción de salud y pensión?
Respuestas: (1)
En los períodos de incapacidad, los aportes a la seguridad social se deben seguir haciendo como de costumbre y se liquidan sobre el valor de la incapacidad o de lo que el trabajador haya devengado en el mes correspondiente, sumando salario e incapacidades laborales. De ese valor se descuentan los aportes a salud y pensión a cargo del trabajador.
En consecuencia, sí se debe deducir salud y pensión del valor de la incapacidad laboral, que, como bien comenta, se liquida con el 66.66% del salario del trabajador.
El empleador puede optar por aplicar el descuento o deducción al momento de pagar la incapacidad o al liquidar la nómina mensual cuando las incapacidades quedan en el mismo mes.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, mayo 27). ¿En la liquidación de incapacidades laborales se descuentan aportes a salud y pensión? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/en-la-liquidacion-de-incapacidades-laborales-se-descuentan-aportes-a-salud-y-pension-1479/