¿En qué momento se paga la ganancia ocasional por herencias y legados?
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En la discusión, se plantea la duda sobre cuándo se debe pagar el impuesto de ganancia ocasional por herencias y legados. La respuesta aclara que este impuesto se paga en la declaración de renta del año en que se formaliza la adjudicación de la herencia o legado, no al momento de recibirlo. Por ejemplo, si se recibe un legado en febrero de 2025, el impuesto se declara en 2026. Además, se menciona que una persona que no está obligada a declarar renta podría verse obligada a hacerlo si el valor de la herencia o legado supera el límite de patrimonio establecido.
Respuestas: (1)
El impuesto de ganancias ocasionales que surge de una herencia o legado del que se es beneficiario se paga en la declaración de renta del año gravable en el que se adjudicó formalmente la herencia o el legado.
Es decir, el impuesto de ganancias ocasionales que resulte no se paga al momento de formalizar la transferencia del legado.
Por ejemplo, si se recibe un legado o una herencia en febrero de 2025, el impuesto se paga con la declaración de renta del 2025 que se presenta en el 2026.
Lo anterior permite concluir que si la persona no está obligada a declarar renta, no deberá declarar la ganancia ocasional ni pagar impuesto alguno. Sin embargo, una persona que no está obligada a declarar renta puede quedar obligada a ello como consecuencia de haber recibido una herencia o legado si llegara a superar el tope de patrimonio por ese hecho.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, febrero 7). ¿En qué momento se paga la ganancia ocasional por herencias y legados? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/en-que-momento-se-paga-la-ganancia-ocasional-por-herencias-y-legados-1090/
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