¿En un contrato de obra y labor se cumple con un horario?
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En la discusión, se plantea la duda sobre si en un contrato de obra y labor es obligatorio que el trabajador cumpla un horario. La respuesta aclara que, aunque el contrato de obra o labor se basa en la duración de la obra, esto no exime al trabajador de cumplir con un horario. La duración del contrato y la jornada laboral son aspectos distintos; por lo tanto, independientemente de la naturaleza del contrato, el trabajador debe respetar el horario pactado.
Respuestas: (1)
Sí. El contrato de obra o laboral hace referencia a la duración del contrato, que está sujeta o supeditada a la duración de la obra, de manera que, una vez finalizada la obra, finaliza el contrato de trabajo. El contrato de obra o labor no hace referencia al cumplimiento de horario, el cual se sujeta a las reglas generales que regulan una relación laboral.
Una cosa es la duración del contrato de trabajo, como puede ser indefinida, a término fijo o por la duración de la obra o labor, y otra muy distinta es la jornada laboral que se pacte en dicho contrato. La regla general es que, sin importar la duración del contrato, el trabajador debe cumplir un horario.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, junio 23). ¿En un contrato de obra y labor se cumple con un horario? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/en-un-contrato-de-obra-y-labor-se-cumple-con-un-horario-1541/
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