¿Cómo declarar el Iva descontable cuando el ingreso asociado se causa en un periodo distinto?
Se preguntó cómo manejar el IVA descontable de compras cuando el ingreso por el servicio (y su IVA) se factura en un periodo posterior. La respuesta indicó que el IVA descontable no debe tratarse como mayor valor del costo. Si el IVA se factura en el periodo 1 y el ingreso en el 2, puede usarse el art. 496 para contabilizar y declarar el IVA descontable dentro de los 3 periodos siguientes a su causación, o, alternativamente, declarar ese IVA en el periodo 1 generando saldo a favor y luego imputarlo en el periodo 2. Se recomendó la segunda por concordancia de contabilización.
Tengo la siguiente consulta:
Si una empresa dedicada a la prestación de servicios de instalación de infraestructura eléctrica por proyectos tiene IVA descontable asociado a la adquisición de los insumos requeridos para la prestación de dichos servicios, pero la facturación del ingreso se realiza en un período posterior, una vez culminada la prestación del servicio, ¿cuál sería el tratamiento adecuado de dicho IVA?
En particular, ¿el IVA descontable debería reconocerse como un mayor valor del costo, o podría tomarse como IVA descontable en el período en el que se genere y facture el ingreso, junto con el IVA generado correspondiente a la prestación del servicio?
En este último caso, ¿debería tenerse en cuenta el plazo establecido en el artículo 496 del Estatuto Tributario para la contabilización y solicitud de los impuestos descontables?
Adicionalmente, si la facturación del ingreso y, por consiguiente, la generación del IVA se produce con posterioridad al vencimiento de dicho plazo, ¿sería procedente presentar la declaración de IVA correspondiente con un saldo a favor originado en los IVA descontables y, posteriormente, imputar o compensar dicho saldo cuando se genere el ingreso gravado?
Agradezco de antemano su orientación respecto del tratamiento tributario y contable que debería darse a esta situación.
Respuestas: (1)
En primer lugar, el IVA que cumple los requisitos para ser descontable no puede llevarse como mayor valor del costo, ya que no es una decisión discrecional del contribuyente. Consulte: IVA descontable.
Ahora, en su caso, entendemos que el IVA descontable se factura en el periodo 1 y el ingreso se factura en el periodo 2, de modo que en el periodo 1 no hay ingreso pero sí hay IVA descontable, y en el periodo 2 hay ingreso pero no hay IVA descontable asociado. ¿Cómo se puede resolver esa situación?
En ese caso, sí podría hacerse uso del artículo 496 del Estatuto Tributario, porque este permite contabilizar el IVA hasta dentro de los 3 periodos siguientes a su causación, de modo que el ingreso se factura en el periodo 2, y el IVA descontable, que fue facturado en el periodo 1, se puede contabilizar en el periodo 2 y declararlo en ese periodo para que coincida con el ingreso.
Para ello, es importante la fecha de contabilización, porque una vez contabilizado el IVA descontable, se debe declarar.
La otra alternativa es declarar el IVA descontable en el periodo en que se factura, y como hay ausencia de ingreso, se genera un saldo a favor que puede ser imputado en el periodo siguiente en el cual hay un ingreso pero no un IVA descontable, por lo que al final las cuentas cuadran.
En nuestro criterio, la opción más práctica es la segunda para que las facturas, tanto de venta como de compra, se contabilicen en las fechas de emisión y haya concordancia.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2026, agosto 13). ¿Cómo declarar el Iva descontable cuando el ingreso asociado se causa en un periodo distinto? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/iva-descontable-en-servicios-de-instalacion-de-infraestructura-electrica-2358/
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