¿La compra de arena está gravada con renta?

Tenemos un proveedor que nos vende arena por metro. ¿Cuál es la base y la tarifa de la retención que se le debe aplicar? En los dos casos, en los que el proveedor sea o no declarante.

Muchas gracias.

Fecha: 2025-07-30. Editado 2025-07-30 por YURY DURAN DELGADO

Respuestas: (1)

La venta de arena no está considerada como un ingreso gravado con el impuesto a la renta, a no ser que sea vendida por una entidad sin ánimo de lucro o una cooperativa que, en su objeto social, tuviera esa actividad. Por lo tanto, si es una actividad sujeta al impuesto de renta, está sometida a retención en la fuente.

En cuanto al concepto de retención que se debe aplicar, no existe uno específico, así que se aplica el de otros ingresos, es decir, retención por compras, y la tarifa es la siguiente:

  • 2.5% si es declarante de renta.
  • 3.5% si no es declarante de renta.

La base de retención es a partir de los 10 UVT ($471.000 para 2025).

Fecha: 2025-07-30
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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, julio 30). ¿La compra de arena está gravada con renta? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/la-compra-de-arena-esta-gravada-con-renta-1607/

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