¿Los auxilios monetarios no salariales se pueden consignar al empleado por nómina?
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Un usuario del foro pregunta si los auxilios monetarios no salariales pueden ser consignados al empleado a través de la nómina. La respuesta destaca que sí, todos los pagos, ya sean salariales o no, deben realizarse por nómina para formalizarse adecuadamente. Esto es crucial, ya que la nómina electrónica debe detallar cada tipo de pago, y si un pago no se registra de esta manera, podría ser rechazado por la Dian como costo o deducción y ser objeto de cuestionamiento por la UGPP durante una fiscalización.
Respuestas: (1)
Sí. Todos los pagos que reciba el trabajador, sean salariales o no salariales, se deben realizar por nómina, la única forma de que queden formalizados para los distintos propósitos.
Es así como en la nómina electrónica es necesario especificar cada pago, tanto aquellos que tienen carácter salarial como aquellos que no son salariales, por disposición legal o por acuerdo entre las partes.
Si un pago no se realiza por nómina, sería rechazado por la Dian como costo o deducción y cuestionado por la UGPP en caso de una fiscalización.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, septiembre 9). ¿Los auxilios monetarios no salariales se pueden consignar al empleado por nómina? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/los-auxilios-monetarios-no-salariales-se-pueden-consignar-al-empleado-por-nomina-657/
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