¿Los días de descanso se descuentan de la nómina?
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Un usuario pregunta si los días de descanso se descuentan de la nómina en su trabajo, donde los horarios son rotativos y puede trabajar los domingos. La respuesta aclara que los días de descanso son remunerados y, por lo tanto, no se descuentan de la nómina. Solo se pueden descontar permisos no remunerados o descansos no obligatorios establecidos por el empleador. Esta normativa se aplica independientemente de si los descansos son en domingo o en otro día de la semana.
Respuestas: (1)
Los días de descanso no se descuentan de la nómina porque son remunerados, y al ser remunerados se pagan como si se hubieran laborado; por lo tanto, no se pueden descontar.
Los únicos días que se pueden descontar son los permisos no remunerados, o los descansos no obligatorios no remunerados que pueda conceder el empleador, es decir, descansos no considerados en la ley, pero que pueden ser establecidos en el contrato de trabajo o por voluntad del empleador.
Lo anterior no cambia por el hecho de que los turnos sean rotativos y porque el descanso sea en un domingo o en cualquier otro día de la semana.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, marzo 13). ¿Los días de descanso se descuentan de la nómina? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/los-dias-de-descanso-se-descuentan-de-la-nomina-1215/
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