¿Los ganaderos deben llevar contabilidad?
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En la discusión del foro, se plantea la duda sobre si los ganaderos están obligados a llevar contabilidad. La respuesta aclara que los ganaderos que operan como personas naturales y no constituyen una empresa no tienen esta obligación, ya que su actividad no se considera un acto mercantil según el Código de Comercio. Por lo tanto, no son considerados comerciantes y, en consecuencia, no deben llevar contabilidad. Sin embargo, si un ganadero organiza su actividad a nivel industrial y se establece como empresa, entonces sí debe llevar contabilidad.
Respuestas: (1)
Los ganaderos no están obligados a llevar contabilidad en la medida en que no estén constituidos como empresa, como es el caso de una persona natural que tiene una finca, hato o hacienda en la que cría ganado que comercializa sin realizar ningún procedimiento.
Esto en razón a que, según el numeral 4 del artículo 23 del Código de Comercio, la actividad ganadera no se considera un acto mercantil en las condiciones allí señaladas.
En consecuencia, al no ser un acto mercantil, el ganadero no es un comerciante y, al no ser comerciante, no está obligado a llevar contabilidad.
Sin embargo, si el ganadero desarrolla su actividad a nivel industrial y se organiza como una empresa, sí debe llevar contabilidad.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, abril 14). ¿Los ganaderos deben llevar contabilidad? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/los-ganaderos-deben-llevar-contabilidad-1318/
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