¿Los servicios de software tienen Iva?
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En la discusión, se plantea la duda sobre si los servicios de software están sujetos al IVA y cómo se deben declarar. La respuesta aclara que, en general, los servicios de software como desarrollo y mantenimiento están gravados con IVA a la tarifa general. Sin embargo, el licenciamiento de software puede estar excluido si cumple ciertos requisitos específicos. Además, se menciona que los materiales de construcción, como arena y gravilla, también están gravados con IVA, siendo el ladrillo el único material excluido de este impuesto según la normativa vigente.
Respuestas: (1)
Los servicios de software como desarrollo, mantenimiento, licenciamiento, etc., están gravados con el IVA a la tarifa general; sin embargo, tratándose de licenciamiento de software, este podría ser excluido si cumple con los requisitos del numeral 20 del artículo 476 del estatuto tributario, que trata sobre el software utilizado para el desarrollo comercial de contenidos digitales, el cual fue reglamentado por el artículo 2.2.16.1 del decreto 1078 de 2015.
En cuanto a los materiales de construcción como arena y gravilla, están gravados con el IVA a la tarifa general; el único material de construcción que está excluido del IVA es el ladrillo o bloque en los términos del artículo 424 del estatuto tributario, que corresponde a la partida arancelaria 69.04.10.00.00.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2026, enero 20). ¿Los servicios de software tienen Iva? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/los-servicios-de-software-tienen-iva-2050/
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