No obligados a cotizar pensión por edad
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La duda planteada en el foro se centra en identificar quiénes no están obligados a cotizar a pensión por su edad. La respuesta aclara que no hay excepciones: todas las personas con un contrato de trabajo o que generan ingresos por cuenta propia deben cotizar, independientemente de su edad. La ley 100 de 1993 no permite excluir a nadie del sistema pensional por este motivo, ya que esto violaría el principio de igualdad. Además, se menciona que las cotizaciones no solo cubren el riesgo de vejez, sino también el de invalidez y muerte, lo que beneficia incluso a quienes son de avanzada edad.
¿Cuáles son las personas que no están obligada a cotizar a pensión por edad?
Respuestas: (1)
Ninguna. Toda persona que tenga un contrato de trabajo, o devengue ingresos por cuenta propia, está en la obligación de cotizar a pensión sin importar su edad, sin importar que ya haya alcanzado y superado la edad para pensionarse.
La ley 100 de 1993 no excluye a las personas del sistema pensional por su edad, y de hacerlo, habría sido declarado inexequible por violación del principio de igualdad, por ejemplo, el mismo derecho a la seguridad social.
En principio puede parecer absurdo que una persona de avanzada edad empiece a cotizar a pensión, pero olvidamos que las cotizaciones a pensión, además del riesgo de vejez, cubre el riesgo de invalidez y de muerte.
Así, una persona de avanzada edad que apenas empieza a cotizar nunca se pensionará por vejez, pero sí se podrá pensionar por invalidez, e incluso puede dejar causada la pensión de sobrevientas en favor de su cónyuge o demás beneficiarios.
Para más información consulte: Edad máxima para cotizar a pensión.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, mayo 16). No obligados a cotizar pensión por edad [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/no-obligados-a-cotizar-pension-por-edad-296/
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