¿Pagos por indemnizaciones pueden ser embargados?
¿Si una persona tiene una medida cautelar de embargo y secuestro por deuda bancaria, al recibir el pago de una indemnización por privación injusta de la libertad, pueden ser retenidos esos dineros?
Respuestas: (1)
No conocemos una norma que considere inembargable las sumas que una persona reciba por concepto de indemnizaciones administrativas, o por responsabilidad contractual o extracontractual, por lo que en nuestro criterio, si esas sumas son consignadas en una cuenta bancaria sobre la que se ha dictado una medida cautelar de embargo, será embargada hasta el monto que haya ordenado el juez.
La inembargabilidad de un pago o dinero debe estar expresamente contenida en la ley, de modo que si no existe tal norma, la inembargabilidad no existe o no aplica.
Las indemnizaciones en general están compuestas por un lucro cesante y un daño emergente, conceptos que compensan la pérdida que se sufrió por culpa imputable a un tercero, en este caso el estado, y no tiene tratamiento especial respecto a cualquier otra compensación.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, octubre 29). ¿Pagos por indemnizaciones pueden ser embargados? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/pagos-por-indemnizaciones-pueden-ser-embargados-1901/
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