Pérdida de compensatorio por incapacidad laboral
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Un usuario del foro planteó la duda sobre si perdería su descanso compensatorio por incapacidad laboral de un día en la misma semana. Las respuestas destacadas aclaran que no, ya que el descanso compensatorio es un derecho irrenunciable del trabajador que no puede ser desconocido, independientemente de la incapacidad. Se enfatiza que ambos derechos son independientes y deben ser respetados por el empleador, sin importar si el compensatorio proviene de trabajo dominical o de otra normativa interna de la empresa.
¿Si tengo un compensatorio y me incapacitaron un día en la misma semana, pierdo mi compensatorio?
Respuestas: (1)
No. El descanso compensatorio es un derecho del trabajador que una vez causado, no se pierde ni se puede desconocer.
Además, la incapacidad es otro derecho independiente, que igualmente no se puede desconocer.
Recuérdese que los derechos laborales son irrenunciables, y si no se pueden renunciar menos se pueden ser desconocidos por el empleador.
Nota: Asumimos que se trata de un descanso compensatorio por trabajo dominical habitual, pero si no lo fuera, y se tratara de un compensatorio otorgado por reglamente de la empresa, tampoco puede se pierde por cuenta de la incapacidad, puesto que sigue siendo un derecho obtenido por el trabajador.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, marzo 13). Pérdida de compensatorio por incapacidad laboral [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/perdida-de-compensatorio-por-incapacidad-laboral-146/
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