¿Puedo firmar otro contrato si firmé una cláusula de exclusividad?
Firmé un contrato por un año con una Cámara de Comercio y no sabía de la existencia de una cláusula de exclusividad. (Sí estaba dentro del contrato, pero desafortunadamente no la vi). Adicionalmente, tengo un contrato por prestación de servicio con una entidad pública por 5 meses.
Las funciones de un trabajo son distintas a las de otro. Qu quería preguntar:
Con base en esta cláusula, ¿puedo tener el contrato de OPS?
En caso de que no, ¿qué puedo hacer para no tener ninguna sanción?
¿Me pueden sancionar con alguna anotación en la hoja de vida, o sea, en el COPNIA en este caso?
Respuestas: (1)
La cláusula de exclusividad implica que el contratista o trabajador se compromete a laborar exclusivamente con quien lo ha contratado, y si incumple esa cláusula, estaría incumpliendo con el contrato mismo, lo que daría lugar a la terminación del contrato por causa justa.
Sin embargo, se deben revisar los términos en que está redactada la cláusula de exclusividad. Si la exclusividad es general, sin especificar, no podrá firmar ningún otro contrato, así su objeto sea diferente. No es común e incluso puede ser discutible en una instancia judicial, pero mientras la cláusula no sea declarada nula, ineficaz o ilegal, es vinculante.
Si la exclusividad hace referencia a las actividades propias del contrato que la contiene, sí puede firmar otro contrato, y es lo que generalmente se pacta.
Le invitamos a consultar la sentencia SL3418-2024 de la sala laboral de la Corte Suprema de Justicia, que precisamente trata sobre un contrato firmado con cláusula de exclusividad con una cámara de comercio.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, mayo 8). ¿Puedo firmar otro contrato si firmé una cláusula de exclusividad? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/puedo-firmar-otro-contrato-si-firme-una-clausula-de-exclusividad-1393/
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