¿Puedo reclamar la dotación al finalizar el contrato?
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Un trabajador se pregunta si puede reclamar la dotación no recibida al finalizar su contrato. La respuesta es negativa; la dotación es una prestación social que no se puede compensar en dinero ni entregar al finalizar el vínculo laboral. Según la Corte Suprema, el trabajador no puede exigir su pago, pero sí puede demandar al empleador por indemnización por el incumplimiento. Sin embargo, debe demostrar que sufrió un perjuicio por no recibir la dotación, lo que puede dificultar la obtención de una indemnización.
En la empresa no me dieron dotación durante todo el tiempo que trabajé con ellos. ¿Puedo reclamarla al terminar el contrato o que me la den junto con la liquidación?
Respuestas: (1)
No. La dotación es una prestación social que en caso de no suministrarse oportunamente no da lugar a su compensación en dinero al terminar el contrato de trabajo, ni entregara en especie a la finalización del mismo.
Este tema fue desarrollado por al sala laboral de la Corte suprema de justicia en sentencia SL538-2018:
«En ese orden no hay lugar al pago o compensación en dinero de las dotaciones toda vez que su finalidad es que se utilicen en las labores contratadas, como tampoco se invocó norma extralegal con base en la cual se hubiera podido disponer su resarcimiento monetario, es imperioso absolver, en el entendido que no se aportó prueba del perjuicio económico sufrido por los actores con motivo del eventual incumplimiento de la demandada.»
En consecuencia, el trabajador no puede exigir que se la compensen en dinero ni que le entreguen todas las dotaciones dejada se suministrar durante su vida laboral.
Lo que debe hacer el trabajador es demandar al empleador para que lo indemnice por su omisión como lo recuerda la Corte en la misma sentencia:
«No significa lo anterior que el patrono que haya negado el suministro en vigencia del vínculo laboral, a su terminación quede automáticamente redimido por el incumplimiento, pues ha de aplicarse la regla general en materia contractual de que el incumplimiento de lo pactado genera el derecho a la indemnización de perjuicios a cargo de la parte responsable y en favor de la afectada. En otros términos el empleador incumplido deberá la pertinente indemnización de perjuicios, la cual como no se halla legalmente tarifada ha de establecerla el juez en cada caso y es claro que puede incluir el monto en dinero de la dotación, así como cualquier otro tipo de perjuicios que se llegare a demostrar.»
Al recurrir a la indemnización, en el proceso laboral se debe probar que el trabajador sufrió un perjuicio por el hecho de no haber recibido la dotación, y deberá además tasar o valorar ese perjuicio, por lo que rara vez un empleador es condenado a indemnizar al trabajador cuando incumple su obligación de entregar la dotación.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, mayo 22). ¿Puedo reclamar la dotación al finalizar el contrato? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/puedo-reclamar-la-dotacion-al-finalizar-el-contrato-319/
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