¿Qué hacer si el cliente se niega a que la hagan factura electrónica?
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Un propietario de una ferretería se enfrenta a la negativa de sus clientes a recibir factura electrónica al superar un monto mínimo. La solución propuesta en el foro es que, ante la negativa del cliente a proporcionar sus datos, el comerciante debe emitir la factura utilizando el NIT 222222222222, bajo la razón social "Consumidor final". Esto permite al vendedor cumplir con su obligación de facturar y reportar ingresos a la Dian, incluso cuando no puede identificar al cliente.
Buenos días,
Yo facturo electrónicamente, somos una ferretería, cuando se pasa del monto mínimo para manejarlo como contado y vamos a generar factura electrónica el cliente se niega. ¿Cómo se maneja esta situación, si los clientes no quieren factura electrónica?
Respuestas: (1)
Es obligación del comerciante o vendedor expedir la factura electrónica, y cuando el cliente se niega a suministrar los datos para hacer la factura, se factura bajo el NIT 222222222222 bajo la razón social «Consumidor final.
Consulte: Nit 222222222222 en la facturación electrónica.
Al facturar bajo dicho Nit el vendedor cumple con su obligación de facturar cuando no le resulta posible identificar al cliente, y cumple con el propósito de reportar el ingreso a la Dian.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, junio 7). ¿Qué hacer si el cliente se niega a que la hagan factura electrónica? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-hacer-si-el-cliente-se-niega-a-que-la-hagan-factura-electronica-373/
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