¿Qué pasa con el secuestro de un inmueble si hay inquilinos?
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La duda planteada se centra en el proceso de secuestro de un inmueble que tiene inquilinos. La respuesta aclara que, aunque se lleve a cabo el secuestro, esto no implica automáticamente el desalojo de los inquilinos, ya que el contrato de arrendamiento sigue vigente. Sin embargo, el secuestre puede terminar el contrato de arrendamiento siguiendo las normas generales, pero no puede hacerlo de manera unilateral sin justa causa, ya que esto podría conllevar a indemnizaciones. En resumen, el secuestro no afecta la ocupación del inquilino, pero el contrato puede ser terminado bajo ciertas condiciones.
Respuestas: (1)
Cuando se ordena el embargo y secuestro de un inmueble que se encuentra habitado por un inquilino debido a la existencia de un contrato de arrendamiento, la diligencia de secuestro no se ve afectada, la cual se llevará a cabo normalmente sin que implique el desalojo del inquilino.
Esto en razón de que el embargo y secuestro de bienes es causal para terminar el contrato de arrendamiento, que seguirá vigente hasta que se termine, ya sea de forma unilateral o consensuada.
El secuestre asignado podrá terminar el contrato bajo las reglas generales que regulan el contrato de arrendamiento, sin que tenga privilegio alguno que le permita pasar por encima de los derechos del arrendatario; ni mucho menos podrá argumentar la medida cautelar para terminar unilateralmente el contrato sin justa causa. De hacerlo, tendrá que pagar las indemnizaciones a que haya lugar.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, octubre 21). ¿Qué pasa con el secuestro de un inmueble si hay inquilinos? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-pasa-con-el-secuestro-de-un-inmueble-si-hay-inquilinos-1877/
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