¿Qué pasa si en un proceso de descargos no se presentan pruebas?
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La duda planteada se centra en qué sucede si en un proceso de descargos no se presentan pruebas. La respuesta aclara que no hay un artículo que permita anular la diligencia por esta falta, pero señala que, sin pruebas, no se puede sancionar al trabajador, ya que cualquier medida disciplinaria debe estar respaldada por evidencia. Además, se destaca que la falta de pruebas debe quedar registrada en las actas. Si se impone una sanción sin pruebas, el trabajador puede presentar recursos, como quejas al Ministerio del Trabajo o demandas laborales contra el empleador.
¿Si se realiza un proceso, pero no se presentan pruebas hay algún artículo para inhabilitar la diligencia?
Respuestas: (1)
No existe un artículo específico que contemple anular o inhabilitar la diligencia, y lo que ocurre por principio general del derecho es que, si no hay pruebas, no se puede tomar ninguna decisión en contra del trabajador, puesto que cualquier sanción debe corresponder a una falta debidamente acreditada.
La diligencia no se puede anular por no haber presentado pruebas y, por el contrario, es necesaria porque en las actas que se levanten debe quedar constancia de que no se presentaron pruebas.
Si no se presentaron pruebas y el trabajador, aun así, es sancionado, se incurre en una irregularidad que habilita al trabajador para que presente los recursos correspondientes, como por ejemplo elevar una queja al Ministerio del Trabajo y, según sea la sanción impuesta, presentar una demanda laboral contra el empleador.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, septiembre 13). ¿Qué pasa si en un proceso de descargos no se presentan pruebas? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-pasa-si-en-un-proceso-de-descargos-no-se-presentan-pruebas-674/
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